Micelio
Auto30 de julio de 2026

A-1017 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302/17 ordenó la realización de una diligencia de inspección judicial para constatar aquellas acciones dirigidas al cumplimiento de los objetivos constitucionales mínimos, así como al control, seguimiento y verificación de las acciones implementadas en el parco del Plan Provisional de Acción.

Con este auto se detalla, igualmente, la finalidad y los fundamentos de la inspección, así como la agenda, los lugares y los propósitos específicos de la misma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. CONVOCAR a una diligencia de inspecci�n judicial, la cual se iniciar� en las instalaciones judiciales del Distrito de Riohacha, La Guajira, a las 8:30 a. m del veintis�is (26) de agosto de 2026, y terminar� a las 5:00 p. m. del d�a veintiocho (28) de agosto de 2026 en las mismas instalaciones judiciales.
  2. SEGUNDO. La agenda de la diligencia ser� la siguiente: Tabla 2 . Agenda de la tercera inspecci�n judicial en el marco del seguimiento Fecha Jornada Municipio Territorio o lugar de destino Actividad Hora de inicio Hora de cierre 26 de agosto de 2026 Ma�ana Riohacha Instalaciones judiciales Instalaci�n de la inspecci�n judicial 8:30 a. m. 8:45 a. m. Riohacha Resguardo Ind�gena Wayuu Perratpu Pr�ctica de diligencia 9:30 a. m. 12:00 p. m. 27 de agosto de 2026 Ma�ana Uribia Instalaciones judiciales Punto de partida 7:00 a. m. 7:05 a. m. Uribia Corregimiento de Jojoncito Pr�ctica de diligencia 9:00 a. m. 12:00 p. m. Tarde Uribia Corregimiento de Carrizal Pr�ctica de diligencia 3:30 p. m. 5:30 p. m. 28 de agosto de 2026 Ma�ana Uribia Instalaciones judiciales Punto de partida 8:00 a. m. 8:05 a. m. Manaure Pila P�blica Casa azul Pr�ctica de diligencia 8:25 a. m. 11:00 a. m. Tarde Maicao Casco urbano Pr�ctica de diligencia 2:00 p. m. 3:30 p. m. Riohacha Instalaciones judiciales Cierre de la inspecci�n judicial 4:45 p .m. 5:00 p. m.
  3. TERCERO. SOLICITAR la presencia de los siguientes participantes en la diligencia. Para efectos de la ejecuci�n de la inspecci�n judicial, se solicita la asistencia de las autoridades y entidades que se relacionan a continuaci�n, con el fin de verificar los distintos componentes se�alados por la Sala: (1) El Gobernador del departamento de La Guajira; (2) las Alcald�as de los municipios de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia, junto con las y los Secretarios de Despacho competentes en las �reas de agua, salud, alimentaci�n, transporte y educaci�n; (3) las personas que, conforme a la cosmovisi�n Wayuu, lideren, representen o hayan sido designadas al interior de los territorios objeto de la diligencia; (4) Defensor�a del Pueblo; (5) Procuradur�a General de la Naci�n; (6) Contralor�a General de la Rep�blica; (7) Consejer�a Presidencial para las Regiones; (8) Ministerio del Interior; (9) Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio; (10) Empresa Departamental de Servicios P�blicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de La Guajira S.A. E.S.P. (ESEPGUA); (11) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF); (12) Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; (13) Ministerio de Salud y Protecci�n Social; (14) Ministerio de Transporte; (15) Instituto Nacional de V�as (INV�AS); (16) Departamento Administrativo Nacional de Estad�stica (DANE); (17) Registradur�a Nacional del Estado Civil; (18) Superintendencia de Servicios P�blicos Domiciliarios; (19) Veedur�a Ciudadana para la implementaci�n de la Sentencia T‑302 de 2017; (20) Representantes de las empresas de servicio de agua de los cuatro municipios priorizados; (21) Gestores comunitarios del agua y el saneamiento b�sico (de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0960 de 2025); (22) Ej�rcito Nacional; (23) Polic�a Nacional; y (24) Armada Nacional A su vez, ORDENAR a las alcald�as de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia verificar la existencia de los gestores comunitarios del agua y el saneamiento b�sico previstos en el Decreto 0960 de 2025 en las zonas objeto de la inspecci�n judicial y, de encontrarse implementada y en funcionamiento, garantizar su participaci�n en la diligencia, as� como la de los prestadores de los servicios p�blicos de acueducto y saneamiento b�sico que operan en sus respectivas jurisdicciones. Adicionalmente, todas las entidades convocadas deber�n informar, dentro del t�rmino de cinco (5) d�as contados a partir de la notificaci�n del presente auto, los nombres de las personas designadas para asistir a la diligencia de inspecci�n judicial. Asimismo, el ICBF deber� disponer del personal id�neo que acompa�ar� a la Sala en las actividades de interacci�n con las ni�as y los ni�os Wayuu pertenecientes a los territorios que ser�n visitados.
  4. CUARTO. SOLICITAR la presencia de las y los siguientes expertos que apoyar�n el desarrollo de la diligencia de inspecci�n judicial: Expertas y expertos que acompa�ar�n la diligencia Componente Experta / Experto Agua Universidad del Magdalena Alimentaci�n Universidad de Antioquia Salud Universidad de La Guajira Traducci�n wayuunaiki Universidad Nacional / Docente Rafael Mercado � Para facilitar su gesti�n, se solicitar� a las y los expertos que, dentro de los cinco (5) d�as siguientes a la notificaci�n del presente auto, informen a la Sala su disponibilidad, as� como los medios que requerir�n para efectuar sus observaciones y para la pr�ctica de eventuales pruebas t�cnicas. El suministro de dichos medios estar� a cargo de la Direcci�n Ejecutiva de Administraci�n Judicial.
  5. QUINTO. FACULTAR a los despachos de la magistrada y los magistrados integrantes de la Sala Especial de Seguimiento para delegar su acompa�amiento a la diligencia de inspecci�n judicial en un magistrado o magistrada auxiliar, en los t�rminos se�alados en la parte motiva de esta providencia.
  6. SEXTO. SOLICITAR a las y los expertos en los componentes de agua, salud y alimentaci�n que, dentro del t�rmino de quince (15) d�as contados a partir del d�a siguiente a la realizaci�n de la inspecci�n judicial, alleguen a la Sala un informe t�cnico en el que se detalle lo constatado durante la diligencia respecto de cada componente evaluado, as� como las eventuales respuestas y soluciones identificadas. S�PTIMO. - ORDENAR a la persona experta designada por la Universidad del Magdalena definir, de manera previa a la diligencia y dentro de los cinco (5) d�as siguientes a la notificaci�n de este auto, los lineamientos t�cnicos, los protocolos operativos y las medidas de aseguramiento que regir�n los estudios de calidad del agua a practicarse durante la inspecci�n judicial
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.